Certified Advisor, CAd o simplemente CAd designa una certificación profesional ofrecida por el CFA Institute a través de su sociedad local en España, la CFA Society Spain. Siendo esta certificación un título habilitante para desempeñar labores de asesoramiento o de prestación de información financiera en España por la CNMV.
La entrada en vigor de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros conocida como MiFID II (Directiva 2014/65/EU) , ha supuesto la necesidad de acreditar títulos habilitantes para desempeñar labores de asesoramiento o de prestación de información financiera en España. El listado de acreditaciones ha sido llevado a cabo por la CNMV, entrando a formar parte del listado de Títulos y Certificados que cumplen con las exigencias del apartado 8.º de la Guía Técnica 4/2017. . La intención del Sociedad Española del CFA Institute era que el Level I de la certificación Chartered Financial Analyst, fuese suficiente para acreditarse para desempeñar labores de asesoramiento e información, pero la CNMV estimó que se debía completar el conocimiento de la legislación española y de prevención de blanqueo de capitales. Siendo esta la causa principal del nacimiento de esta certificación. .
Para la obtención de esta certificación es necesaria la superación previa del Level I de la certificación Chartered Financial Analyst o CFA, ser miembro de CFA Society Spain, superar una prueba de conocimientos de la legislación española de regulación de valores y de prevención de blanqueo de capitales, 30 horas anuales de formación continua y la aceptación y observación del CFA Code of Ethics and Standards of Professional Conduct.
La certificación se lleva gracias a un acuerdo con el Instituto BME siendo este el centro de formación dependiente directamente de Bolsas y Mercados Españoles. Este Instituto facilita los materiales de estudio provenientes de su certificación MFIA, que ya estaba aprobada por la CNMV. Y se encarga así mismo como la realización de las pruebas en las sedes de las diferentes Bolsas de valores, españolas.
La exigencia por parte de la CNMV de completar determinados requisitos establecidos por la Guía Técnica del propio organismo regulador español. Estos requisitos que necesitan cubrirse de forma adicional son: 1) la exigencia de 30 horas anuales de formación continua, y 2) conocimientos sobre la legislación española de valores y de prevención de blanqueo de capitales.
La CNMV dada la gran necesidad de las entidades financieras y las aseguradoras para que sus empleados cumplimenten este requisito esta ampliando el listado inicial, donde se recogen las entidades, empresas y Universidades que están habilitadas a otorgar títulos habilitantes. Es previsible que se vayan añadiendo a esta Certificaciones y Másteres conforme se asiente la demanda.
En el presente listado figuran las entidades a 22 de enero de 2018. El título habilitante puede ser apto para informar y asesorar, si únicamente permite informar está marcado como tal.