| Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia | ||||
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| Acrónimo | CNMC | |||
| Tipo | Autoridad administrativa independiente | |||
| Fundación | 7 de octubre de 2013 (13 años) | |||
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| Sede central | Calle Alcalá, 47, Madrid | |||
| Presidente | Juan José Ganuza Fernández | |||
| Ingresos |
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| Beneficio neto |
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| Activos |
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| Empleados | 594 (31 de diciembre de 2025) | |||
| Miembro de | Council of European Energy Regulators, Body of European Regulators for Electronic Communications, IRG Secretary General y Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía | |||
| Sitio web | www.cnmc.es | |||
| Cronología | ||||
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de España es el organismo regulador independiente encargado de preservar, garantizar y promover el correcto funcionamiento, la transparencia y la existencia de una competencia efectiva y de una regulación eficiente en todos los mercados y sectores productivos en beneficio de los consumidores y usuarios.
La CNMC está adscrita, a meros efectos presupuestarios, al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, independiente del Gobierno, y está sometida al control parlamentario y judicial. Se financia través de los Presupuestos Generales del Estado.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) fue creada en 2013 mediante la integración de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), la Comisión Nacional de Energía (CNE), la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), la Comisión Nacional del Sector Postal (CNSP) y el Comité de Regulación Ferroviaria y Aeroportuaria (CRFA), asumiendo además las funciones atribuidas al Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), que no llegó a constituirse.
La creación de la CNMC fue aprobada mediante la Ley 3/2013, de 4 de junio. Según la exposición de motivos de la norma, la integración de los organismos reguladores y de la autoridad de competencia pretendía reforzar la seguridad jurídica y la confianza institucional, así como evitar duplicidades administrativas y posibles decisiones contradictorias en materias relacionadas.
La CNMC inició oficialmente su actividad el 7 de octubre de 2013, asumiendo las funciones de supervisión y control de diversos sectores económicos, entre ellos las telecomunicaciones, la energía, los servicios postales, la comunicación audiovisual, el transporte ferroviario y aeroportuario, así como las competencias en materia de defensa de la competencia.
La creación de la CNMC dio lugar a un debate doctrinal sobre la conveniencia de integrar en un único organismo las funciones de regulación sectorial y defensa de la competencia. Diversos análisis han señalado que el modelo integrado podía favorecer una mayor coordinación entre ambas funciones y reducir duplicidades administrativas, mientras que otros han criticado la posible pérdida de especialización de los reguladores sectoriales.
En este contexto, la literatura especializada ha destacado que las posibles sinergias derivadas de la integración no dependen automáticamente de la mera fusión institucional, sino del diseño organizativo y de los mecanismos internos de coordinación y autonomía del regulador.
Asimismo, se ha caracterizado a la CNMC como un modelo de “super-regulador” que integra funciones de competencia y regulación sectorial, lo que ha sido objeto de debate en la literatura económica y jurídica sobre autoridades administrativas independientes.
La CNMC se regula por la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y por el Real Decreto 657/2013, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la CNMC.
La Comisión aplica las siguientes leyes:
Aplicación de la normativa de defensa de la competencia, española y de la UE:
Supervisión y control de todos los sectores económicos, además de asumir las funciones de regulador independiente previstas por las Directivas europeas en los siguientes sectores económicos:
Promoción de la competencia:
Resolución de conflictos entre operadores económicos
Ayudas públicasElaboración de informes y valoración de la normativa de competencia española y de la UE en el área de Elaboración de un informe anual sobre ayudas públicas en España, que debe ser remitido al Congreso.
La CNMC tiene dos órganos de Gobierno: el presidente y el Consejo, que está compuesto por su presidente, un vicepresidente y otros ocho miembros (consejeros), elegidos por el Parlamento a propuesta del Ministerio de Economía y Competitividad. Su mandato es de 6 años no renovables y sometido a un estricto régimen de incompatibilidades.
El consejo se organiza en Pleno y en dos salas: Sala de Competencia y Sala de Supervisión Regulatoria.
La Sala de Competencia está integrada por el presidente y 4 consejeros. Aplica la normativa de defensa de la competencia y de promoción de la competencia en todos los sectores de la economía española. La Sala de Supervisión Regulatoria está formada por el vicepresidente y 4 consejeros. Se encarga de la supervisión, control y resolución de conflictos en los mercados y sectores de comunicaciones electrónicas; electricidad y gas natural; postal; comunicación audiovisual; tarifas aeroportuarias, y ferroviario.
El consejo de la CNMC también se puede reunir en Pleno, donde están presentes el presidente, con voto de calidad, el vicepresidente y los 8 consejeros, para aprobar los planes estratégicos del organismo, adoptar decisiones de especial relevancia o con especial incidencia en el funcionamiento competitivo de los mercados o cualquier tema que afectando a temas de ambas salas sea requerido por el presidente o tres consejeros para el Pleno, cuando así lo aprueben seis miembros.
La CNMC cuenta con cuatro direcciones de instrucción: Competencia, Energía, Telecomunicaciones y Sector Audiovisual y Transportes y Postal.
Las Direcciones deben ejercer las funciones de instrucción con plena independencia del Consejo y de cualquiera de sus miembros. Sus directores están sometidos al régimen de incompatibilidades de los altos cargos y presentan al Consejo las propuestas de actos o decisiones instruidas, para su posterior debate y eventual aprobación.
La CNMC cuenta también, en adscripción directa al Presidente, con un Departamento de Promoción de la Competencia, responsable de coordinar las propuestas que se hayan de elevar al Consejo en materia de promoción de la competencia, informes sectoriales que incluyan propuestas de modificación del marco regulatorio, ayudas públicas así como los informes sobre proyectos normativos. Dentro de la función de promoción de la competencia, la CNMC también puede utilizar el instrumento de la legitimación activa: para remover barreras a la competencia efectiva o para eliminar regulaciones económicas ineficientes que, por ejemplo, fraccionen la unidad del mercado.
También, adscritos a la Presidencia, se encuentran la Secretaría General, responsable de la gestión de personal y contratación, servicios informáticos y otros servicios administrativos horizontales; y el Departamento de Control interno, encargado de verificar que todas las actuaciones llevadas a cabo en el seno de la Comisión de los Mercados y la Competencia se realicen de forma que se asegure un adecuado nivel de cumplimiento, eficacia y eficiencia en la consecución de sus objetivos y que se ejercen sus funciones y competencias de acuerdo con los principios de imparcialidad, objetividad e independencia.
El correcto funcionamiento de todas las unidades corresponde al Presidente, dentro de sus competencias recogidas en el Estatuto de la CNMC.
El funcionamiento de la CNMC se ajusta a la normativa de la Unión Europea, especialmente en los sectores de telecomunicaciones y energía, que busca una mayor integración del Mercado Único de la Unión. A tal efecto, la Comisión colabora de forma regular y periódica con otras autoridades de supervisión de la Unión Europea y con las agencias de cooperación de los reguladores europeos en materia de energía y de comunicaciones electrónicas. La Dirección de Competencia tiene atribuidas las funciones de instrucción recogidas en la Ley de Defensa de la Competencia, que siguen ejerciéndose manteniendo la coherencia y el carácter horizontal de la normativa de defensa de la competencia.
El mandato del presidente de la CNMC es de seis años no renovables. En junio de 2026 concluyó el mandato de Cani Fernández Vicién, iniciándose el procedimiento de renovación de la presidencia conforme al régimen establecido en la normativa reguladora del organismo.
|url= sin título (ayuda). Consultado el 25 de abril de 2023.