Los fines fundacionales y estatutarios de la FEMP son el fomento y la defensa de la autonomía de las Entidades Locales; la representación y defensa de los intereses generales de las Entidades Locales ante otras Administraciones Públicas; el desarrollo y la consolidación del espíritu europeo en el ámbito local basado en la autonomía y la solidaridad entre los Entes Locales; la promoción y el favorecimiento de las relaciones de amistad y cooperación con las Entidades Locales y sus organizaciones, especialmente en el ámbito europeo, el iberoamericano y el árabe; la prestación, directamente o a través de sociedades o entidades, de toda clase de servicios a las Corporaciones Locales o a los entes dependientes de estas y cualquier otro fin que afecte de forma directa o indirecta a los asociados de la Federación.
El presupuesto de la FEMP para 2026 asciende a 33,9 millones de euros. Todos los miembros pagan una cuota en función de su población, aunque el grueso del presupuesto, un 72%, es aportado por el Ministerio de Hacienda.
Constitución
La FEMP nace en la I Asamblea celebrada en Torremolinos (Málaga) los días 13 y 14 de junio de 1981.
La FEMP quedó constituida al amparo de lo dispuesto en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y fue declarada como Asociación de Utilidad Pública mediante acuerdo de Consejo de Ministros el 26 de junio de 1985.
Manuel Ángel Álvarez Álvarez (IU-Más País-IAS), alcalde de Mieres (Asturias).
Ángel Viveros Gutiérrez (PSOE), alcalde de Coslada (Madrid).
Secretario general: Luis Antonio Martínez-Sicluna Sepúlveda(PP).
Federaciones territoriales
La FEMP mantiene relaciones con federaciones de entidades locales de ámbito autonómico siguiendo un patrón voluntario, para lo que se firma un protocolo que especifique la relación. Existen 17 federaciones con las que se ha firmado este tipo de protocolo:
Presidente: Esther Apraiz Fernández de la Peña (PNV), alcaldesa de Derio (Vizcaya).
Secretaria general: María del Mar Zabala Mardaras.
Con la reforma del procedimiento de votación del censo de españoles residentes en el exterior, la participación institucional en la administración local por parte de los 2.908.649 ciudadanos españoles en el exterior se desvincula de las elecciones municipales y se canaliza a través de mecanismos propios como son los Consejos de Residentes Españoles en el Exterior, generándose así el reto de la incorporación de estos Consejos en calidad de otros Entes Locales como miembros de pleno derecho de la Federación o en el caso del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior en calidad de socio de Honor.
↑Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, por la que se regulan la constitución, elección y funcionamiento de los Consejos de residentes españoles en el exterior.
↑Artículo 1. de los Estatutos de la FEMP: "La Federación Española de Municipios y Provincias es una Asociación constituida por los Municipios, Islas, Provincias y otros Entes Locales que voluntariamente lo decidan"
↑«Presidentes». 40 Aniversario FEMP. Consultado el 26 de agosto de 2024.