La palabra iudex significa «juez» en latín. El iudex es una de las magistraturas del derecho romano y designa a la persona encargada de decidir de forma objetiva e imparcial un conflicto sometido a su decisión, por lo general por disposición de las partes. El iudex desarrollaba el proceso y dictaba la sentencia.
El iudex era juez por excelencia con actuación en la etapa in iudicio del proceso. Ante él las partes ofrecían y producían las pruebas, tocándole decidir la suerte del litigio con la sentencia, la que debía ajustarse al derecho que los contendientes invocaban. Su nombramiento se efectuaba a propuesta del actor o por sorteo de listas confeccionadas por el magistrado para cada litigio y debían exponerse en el foro.
Es el magistrado encargado de la segunda fase del Procedimiento Formulario, conocida como apud iudicem, o fase ante el juez (iudex). Esta fase es la que sigue a continuación de la fase in iure (ante el pretor).
El iudex debe solucionar el conflicto sometido a su competencia, para lo cual debe decidir si otorga o no derecho a uno u otra de las partes intervinientes en el litigio. Para ello emite una sentencia, con efecto de cosa juzgada, la cual se funda en su opinión crítica y objetiva.
En el derecho romano se distinguen varias clases de iudex, cada uno de ellos especializado en asuntos o materias especiales, además de ser distinta su composición.
Los iudices propiamente dichos eran de dos tipos:
El iudex, el arbiter y el tribunal de los recuperatores tuvieron en Roma el carácter de jueces no permanentes.
Los iudices quaestionis se ocupaban de presidir los tribunales en determinadas causas como las relativas a res repetundae.
La esfera de desenvolvimiento o de desempeño de la competencia del iudex es la fase apud iudicem, en la cual el juez tenía ciertas características: