| Municipio | ||
|---|---|---|
|
Países del mundo que tienen municipios como subdivisiones territoriales. | ||
| Categoría | color #346733 Primer nivel administrativo color #73aa73 Segundo (o inferior) nivel administrativo | |
Un municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola localidad o varias.
El municipio está compuesto por un territorio claramente definido por un término municipal de límites fijados (aunque a veces no es continuo territorialmente, pudiendo extenderse fuera de sus límites con exclaves y presentando enclaves de otros municipios) y la población que lo habita regulada jurídicamente por instrumentos estadísticos como el padrón municipal y mecanismos que otorgan derechos, como el avecindamiento o vecindad legal, que sólo considera vecino al habitante que cumple determinadas características —origen o antigüedad— y no al mero residente.
El municipio está regido por un órgano colegiado denominado ayuntamiento, municipalidad, alcaldía o concejo, encabezado por una institución unipersonal: el alcalde (también llamado presidente municipal en algunas regiones). En el Antiguo Régimen en España había un alcalde por el estado noble y otro por el estado llano; en las principales ciudades, un corregidor designado por el rey. Por extensión, también se usa el término municipio para referirse al ayuntamiento o municipalidad en sí. En la mayoría de Estados modernos, un municipio es la división administrativa más pequeña que posee sus propios dirigentes representativos, elegidos democráticamente. En algunos municipios españoles todavía funciona el régimen medieval de gobierno, gestión y decisión por participación asamblearia denominado concejo abierto.
En algunos países, las entidades equivalentes a los municipios son llamadas «comunas»; por ejemplo, la commune francesa, el comune italiano o la kommun sueca. El término proviene de la comuna medieval (Ciudades-estado italianas, Ciudad Imperial Libre).
En la Antigua Roma, un municipium (palabra latina que origina la castellana «municipio») era una ciudad libre que se gobernaba por sus propias leyes, aunque sus habitantes disfrutaban de muy distintas situaciones jurídicas, pues obtenían sus derechos no por su residencia en ella, sino por la posesión de la ciudadanía romana, la condición de libertad o esclavitud, etc.Se utiliza a veces como sinónimo la palabra de «municipalidad» que en su origen significa calidad de municipal.
El concepto de municipio como subdivisión administrativa tiene su origen en la reorganización administrativa después de la revolución francesa de 1789. Los revolucionarios querían romper con las subdivisiones feudales del antiguo régimen y se crearon municipios, distritos, departamentos, teniendo su origen en hechos muy diversos. Los más frecuentes son los siguientes: se podía tratar del territorio de un señorío (en Cataluña, habitualmente una baronía); o bien de un término parroquial, dentro del anterior; podía ser una villa nueva, a veces villa franca, en territorio de forestación, a la que de entrada se le asignaba un territorio; territorio bajo jurisdicción de un monasterio, capítulo de canónigos, etcétera. En la base de la gran mayoría de municipios catalanes, hay uno de estos elementos territoriales predecesores. Otros países crearon estructuras similares para reemplazar a los señores locales hereditarios del antiguo régimen, según el caso por consejos elegidos o por funcionarios nombrados por el gobierno central. La doctrina francesa surgida a partir de la Revolución de 1789 consideraba el carácter natural de los municipios, como una persona social, una comunidad de intereses, anteriores a la existencia del Estado, que sólo debía limitarse a reconocer y proteger esta realidad. Otros ordenamientos europeos como los de Inglaterra o Alemania optaron por destacar el carácter legal del municipio.
Los países ocupados por Francia generalmente mantuvieron esta reforma administrativa. Otros países crearon estructuras similares para reemplazar a los señores locales hereditarios del antiguo régimen, según el caso por consejos elegidos o por funcionarios nombrados por el gobierno central.
Los municipios actuales en el Estado español se constituyeron, utilizando el nombre de «ayuntamiento», a partir de 1812, cuando se desplegaron las disposiciones emanadas de la Constitución de Cádiz , de modo que con anterioridad a esta fecha, no se puede hablar propiamente de la existencia de los municipios, con el concepto actual de ese ente administrativo. En un primer momento se crearon muchos ayuntamientos, hasta el extremo de formarse con sólo dos cabezas de casa (dos electores y elegibles para el cargo de alcalde, por tanto), que debían agrupar a alrededor de 10 habitantes. Es el caso del ayuntamiento de Enrens i Trepadús, en la Alta Ribagorça (actualmente término de Tremp, en el Pallars Jussà).
En los años posteriores a 1812, se intentó terminar de organizar y racionalizar el estado español, creándose las provincias, los partidos judiciales, etcétera. En 1845 se promulgó una ley municipal que limitaba a 30 cabezas de casa lo mínimo para poder tener ayuntamiento propio, y, de este modo, todos los ayuntamientos más pequeños de este número se tuvieron que agrupar a uno mayor, o bien juntarse entre sí para tener el mínimo de ciudadanos electores y elegibles para los cargos. Había que ser cabeza de casa contribuyente con una renta mínima para poder ser considerado vecino (los citados electores y elegibles); el resto de la familia y los cabezas de familia de rentas más pequeñas no eran considerados vecinos y no podían votar ni ser elegidos para ningún tipo de cargo.
Los municipios suelen ejercer competencias propias en diversas materias, entre las que se incluyen:
Dependiendo de su población, los municipios deben prestar ciertos servicios mínimos, como por ejemplo:
Cada municipio tiene un término municipal definido, que es el territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias. Esta estructura básica permite a los municipios ser los cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, institucionalizando y gestionando con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.
| País | Nombre(s) local(es) y enlaces a información adicional | Idioma | Cantidad |
|---|---|---|---|
| Bashki (urbano), komunë (rural) | albanés | 61 | |
| Gemeinde | alemán | 12013 | |
| Gemeinde | alemán | 2193 | |
| Baladiyah, commune | árabe, francés | 1541 | |
| Commune, gemeente, Gemeinde | francés, neerlandés, alemán | 589 | |
| Constituencies, circunscripciones | inglés, español | 31 | |
| Commune | francés | 77 | |
| Općina, opština | bosnio, serbio | 143 | |
| Oбщина /obshtina/, en plural общини /obshtini/ | búlgaro | 264 | |
| Commune | francés | 129 | |
| Municipality, municipalité | inglés, francés | 3572 | |
| Baladiyah | árabe | 7 | |
| Općina, en plural općine | croata | 556 | |
| kommune | danés | 98 | |
| občina, en plural občine | esloveno | 210 | |
| Obec | eslovaco | 2869 | |
| Omavalitsus | estonio | 207 | |
| Municipality, township o county | inglés | 3243 | |
| Kunta, kommun | finés, sueco | 312 | |
| Commune | francés | 36658 | |
| Dímous | griego | 325 | |
| Neighbourhood council | inglés | 111 | |
| Commune | francés | 133 | |
| Község | húngaro | 3137 | |
| Sveitarfélag | islandés | 79 | |
| Comune | italiano | 7904 | |
| Parish | inglés | 14 | |
| Shichosonku | japonés | 1719 | |
| Novads, en plural novadi | letón | 118 | |
| Gemeinde | alemán | 11 | |
| Savivaldybė | lituano | 60 | |
| Commune | francés | 116 | |
| Opština | macedonio | 84 | |
| Commune | francés | 703 (19 urbanas; 684 rurales) | |
| Muniċipalitajiet | maltés | 68 | |
| Albaladia, baladiyah, commune | árabe | 1503 | |
| Municipiu | moldavo (rumano) | 23 | |
| Opština | montenegrino | 23 | |
| Electoral district | inglés | 102 | |
| Garpalika, gaunpalika | nepalí | 58 | |
| Local government area | inglés | 744 | |
| Kommune | noruego | 428 | |
| Gemeente | neerlandés | 383 | |
| Gmina | polaco | 2479 (6243) | |
| Borough, city council | inglés | 326 | |
| Obec | checo | 6258 | |
| District | inglés | 28 | |
| Castello | italiano | 9 | |
| District | inglés | 14 | |
| District | árabe | 96 | |
| Municipality | inglés | 226 | |
| Kommun | sueco | 290 | |
| Ressort | neerlandés | 62 | |
| Gemeinde, commune, comune, vischnanca | alemán, francés, italiano, romanche | 2324 | |
| District | inglés | 89 | |
| District | inglés | 57 |