
Se denomina vicario a la persona que ejerce las funciones de otra, en todo o en parte por delegación y nunca con carácter propio; la sustituye por tiempo indefinido o determinado. Actualmente su uso es meramente eclesiástico, y es una parte esencial de la estructura administrativa de la Iglesia católica, permitiendo una distribución efectiva de la autoridad y la atención pastoral.
Puede delegar en el vicario, bien la persona sustituida, bien aquella otra que tenga facultad para ello. En el derecho canónico, la voz de vicario toma carta de naturaleza en los primeros siglos del catolicismo, cuando se llamaron vicarías los tribunales de justicia y vicarios sus regidores.
Catecismo de la Iglesia Católica: Vicario