
Centro Universitario es la denominación utilizada en España para referirse a un centro docente de educación superior con personalidad jurídica y titularidad propia que imparte enseñanzas oficiales de grado, máster o doctorado mediante su vinculación a una universidad pública o privada, como centro adscrito a esa universidad.
El estudiante cursa las asignaturas en el centro universitario, siguiendo el plan de estudios de la universidad oficial. Durante la carrera, el estudiante es alumno de su centro universitario, y de la universidad a la que está adscrito. Al finalizar sus estudios, el estudiante recibe la titulación oficial de la universidad a la que está adscrito su centro universitario. Esta titulación es exactamente igual a la que recibiría estudiando directamente en la universidad de origen.
El Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros universitarios recuerda que los centros adscritos pueden impartir cualquiera de las enseñanzas que tiene autorizada la universidad en cuestión o que permita en el futuro, pero fija un límite de siete. El artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, regulaba estos centros y establecía que la adscripción ha de aprobarse mediante convenio con una universidad pública o privada «para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional». Este convenio ha de contar con la aprobación de la comunidad autónoma y un informe favorable del Consejo Social de la universidad. Si el centro que solicita la adscripción se ubica en una comunidad diferente a la de la universidad, se deberá obtener la aprobación de esta segunda comunidad autónoma.
La relación entre el centro y la universidad se formaliza mediante un convenio de adscripción. Aunque el centro gestiona sus propios recursos humanos y materiales, la universidad de adscripción es la responsable final de la calidad académica, la aprobación de los planes de estudio y la expedición de los títulos oficiales en nombre del Rey. Los docentes de estos centros deben obtener la venia docendi de la universidad matriz, lo que acredita su aptitud académica para impartir clase en titulaciones oficiales bajo los estándares de la universidad a la que el centro está vinculado.
El origen de este modelo se remonta a la necesidad de integrar antiguas escuelas profesionales en el sistema universitario oficial. La Ley General de Educación de 1970 fue el marco clave para la integración de las escuelas de magisterio y de ingeniería técnica.
Este sistema ha permitido que instituciones de larga trayectoria mantengan su identidad pedagógica. Ejemplos notables incluyen la Escuela Universitaria de Magisterio Begoñako Andra Mari en el País Vasco (adscrita a la Universidad de Deusto) o la Escuela Universitaria de Magisterio Fray Luis de León en Castilla y León (adscrita a la Universidad de Valladolid).
En la actualidad, el sistema universitario español cuenta con más de 60 centros adscritos registrados oficialmente. Estos centros cubren áreas estratégicas como la educación, la enfermería, el turismo y las relaciones laborales, permitiendo a menudo la descentralización de la oferta académica fuera de las sedes principales de las universidades.