Rex Catholicissimus

Fernando II de Aragón (izquierda) e Isabel I de Castilla (derecha) en un retrato de boda.

El título Rex Catholicissimus (en español, Rey catoliquísimo, aunque este título se traduce frecuentemente como Rey Católico) fue otorgado el año 1496 por el papa Alejandro VI a Fernando e Isabel, reyes de Castilla y Aragón, mediante la bula Si convenit (en español, Si es conveniente).

Antecedentes

La iniciativa para conceder a Fernando e Isabel el título de «Reyes Católicos» partió de Enrique Enríquez, tío de Fernando y consuegro del papa de origen valenciano Alejandro VI, quien llamaría a Fernando e Isabel «verdaderos reyes y príncipes católicos» en la bula papal Inter caetera en 1493.

En una carta fechada el 27 de mayo de 1494, el nuncio Francisco Desprats aconsejaba al papa Alejandro VI que aceptase la petición de Enrique Enríquez de dar a los reyes el título de «Muy Católicos» (molt catolichs en el original). Finalmente, el título de «Reyes Católicos de las Españas» fue concedido oficialmente por el papa Alejandro VI a favor de Fernando e Isabel en la bula Si convenit, expedida el día 19 de diciembre de 1496.

Bula Si convenit

La bula en el que el papa Alejandro VI llamaba a Fernando e Isabel rey y reina de las Españas, fue redactada tras un debate en el colegio cardenalicio, el 2 de diciembre de 1496, con el consejo directo de tres cardenales: (Oliverio Carafa, de Nápoles; Francisco Piccolomini, de Siena; y Jorge de Costa, de Lisboa) que enumeraron los méritos de los dos reyes para que se les concediera un título que nadie antes había poseído, debate en el que se barajaron otros posibles títulos (como defensores o protectores). El texto de la bula invoca las razones para la concesión del título.

La concesión del título de Rey Católico generó protestas del embajador francés, que veía incompatible el nuevo título con el de Cristianísimo que ostentaba el rey de Francia desde 1464; y del embajador de Portugal, que se quejaba de que el término «las Españas» incluía a su país, que había formado parte de la Hispania romana.

Posteridad

El papa León X, en la bula Pacificus et aeternum, de día 1 de abril de 1517, concedió el mismo título de Rey Católico al rey Carlos I de España, con lo que se le legitimaba el título real que había asumido de forma ilegal, quedando así incorporado al uso diplomático y de las cancillerías. Pero después Carlos I asumió el título más importante, el de emperador, y cuando lo sucedió su hijo Felipe II de España éste recuperó el título de Rey Católico, y sus sucesores lo siguieron utilizando, ya que así se guardaban de cometer un error de derecho, porque no existía jurídicamente un reino de España, así como también evitaban herir la identidad nacional de los súbditos de sus diferentes dominios.

Tras la abdicación del emperador Carlos V, los territorios de su sucesor, Felipe II, abarcaban territorios en Europa y, por tanto, esta monarquía no era estrictamente española, en tanto que incluía otras naciones como las italianas o la borgoñona. Así pues, la designación del soberano como monarca católico no procede únicamente del título otorgado a los Reyes Católicos, sino de también para identificar de una manera común y válida a todas las naciones que formaban parte de la misma Monarquía.

El título fue después heredado y conservado por sus sucesores en el trono de España, tanto Austrias como Borbones, poseyéndolo actualmente el rey Felipe VI de España desde su proclamación en 2014. Sin embargo, ni éste ni su padre el rey Juan Carlos I de España han utilizado el título de Rey Católico, aunque tampoco han renunciado a él.

Notas

  1. ↑ La intitulación completa de los Reyes Católicos, según la plasmó Hernando del Pulgar en su Crónica de los Señores Reyes Católicos Don Fernando y Doña Isabel de Castilla y de Aragón, es:
    Platicóse asimismo en el Consejo del Rey é de la Reyna, como se debian intitular: é como quiera que algunos de su consejo eran en voto, que se intitulàsen Reyes de España, pues sucediendo en aquellos Reynos é señoríos de Aragon, eran señores de toda la mayor parte della: pero determináron de lo no facer, é intituláronse en todas sus cartas en esta manera. Don Fernando é Doña Isabel por la gracia de Dios, Rey é Reyna de Castilla, de Leon, de Aragon, de Sicilia; de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorcas, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdova, de Córcega, de Murcia, de Jaen, del Algarve; de Algecira, de Gibraltar, de Cano; é Condes de Barcelona, Señores de Vizcaya, é de Molina; Duques de Atenas, é de Neopatria; Condes de Ruisellón, é de Cerdania; Marqueses de Oristan, é de Goçiano.
  2. ↑ En la bula Inter caetera, fechada a 4 de mayo de 1493, una de las Bulas Alejandrinas, el papa Alejandro VI se dirigió a los reyes Fernando e Isabel en los siguientes términos:
    Entre todas las obras agradables a la Divina Magestad y deseables a nuestro corazón, esto es ciertamente lo principal: que la Fe Católica y la Religión Cristiana sea exaltada sobre todo en nuestros tiempos […]. De donde… reconociéndoos como verdaderos reyes y príncipes católicos, según sabemos que siempre fuisteis, y lo demuestran vuestros preclaros hechos, conocidísimos ya en casi todo el orbe, y que no solamente lo deseáis, sino que lo practicáis con todo empeño, reflexión y diligencia, sin perdonar ningún trabajo, ningún peligro, ni ningún gasto, hasta verter la propia sangre; y que a esto ha ya tiempo que habéis dedicado todo vuestro ánimo y todos los cuidados, como lo prueba la reconquista del Reino de Granada de la tiranía de los sarracenos, realizada por vosotros en estos días con tanta gloria del nombre de Dios […] Por donde, habiendo considerado diligentemente todas las cosas y capitalmente la exaltación y propagación de la fe católica como corresponde a Reyes y Príncipes Católicos, decidisteis según costumbre de nuestros progenitores […]
  3. ↑ En este importante informe que Francisco Desprats dirigió al papa Alejandro VI el día 27 de mayo de 1494, el nuncio comunicaba la siguiente noticia:
    Don Anrich me dix en dies pasats scrivis a vostra beatitud donas al senyor Reye Reyna titol de molt catolichs e yo per quem paregue era cosa proveia de ell nonscrivi a vostra santedat. Ora deretament vostra beatitud ha respost a dit don e mostra voler ho fer vostra santedat te per be de fer ho, ho deu fer de manera que parega que moguda de si ho fa, e non per degun altre.
  4. ↑ Así los llamaban algunos cronistas de la época como mosén Diego de Valera, que en su Doctrinal de príncipes de 1476 presagiaba a Fernando el Católico: «Habréis la monarquía de todas las Españas». Y Pedro Mártir de Anglería, en carta al arzobispo de Braga fechada el día 27 de mayo de 1488, escribe: «Reyes de España llamamos a Fernando y a Isabel, porque poseen el cuerpo de España; y no obsta, para que no los llamemos asi, el que faltan de este cuerpo dos dedillos, como son Navarra y Portugal». Colección de las crónicas y memorias de los reyes de Castilla, Madrid, Imprenta de Antonio Sancha, 1783, volumen IV, página XXV.
  5. ↑ Por los artículos 56.2 («Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona») y 57.1 de la Constitución española de 1978 («La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. (…)»).

Referencias

  1. ↑ Cf. Roche, Jonathan (2020). God’s spies: the Spanish Elizabethans and intelligence during the Anglo-Spanish War (en inglés). Tesis doctoral, University of Nottingham. p. 3.
  2. ↑ Del Pulgar, Hernando (2024). Crónica de los Señores Reyes Católicos. Boletín Oficial del Estado. p. 151.
  3. 1 2 3 Fernández de Córdova Miralles, Álvaro (13 de octubre de 2005). «Imagen de los Reyes Católicos en la Roma pontificia». En la España Medieval 28: 259 - 354. ISSN 1988-2971. doi:10.5209/rev_ELEM.2005.v28.23018. Consultado el 18 de agosto de 2018.
  4. ↑ «Razón y Fe» 146 (1952) 59-75, 324-347; ibid. Reyes Católicos, en: DHEE III, 2083-84.
  5. ↑ Rouco Varela, Antonio María; López de Guereñu, Roberto Serres (2003). Teología y derecho: Escritos sobre aspectos fundamentales de derecho canónico y de las Relaciones Iglesia Estado. Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía. p. 563. ISBN 978-84-7057-441-2.
  6. ↑ de Francisco Olmos, José María (2003). La moneda castellana de los Países Bajos a nombre de Doña Juana (1505−1506) (1517): medio de reivindicación de soberanía y propaganda de un golpe de estado. Ediciones Cristiandad. p. 183.
  7. ↑ Pérez, Joseph (2003). Historia de España. Editorial Crítica. p. 214.
  8. ↑ Jover Zamora, José María; Baldó i Lacomba, Marc; Ruiz Torres, Pedro (1997). Historia y civilización: Escritos seleccionados. Universitat de València. p. 74.
  9. ↑ Almanach de Gotha, Décret de 1987. 1999. p. 336.